TEMA 8
Descifrar los argumentos éticos y sociales de las tecnologías
de información y telecomunicación.
Dentro de una organización que ya ha dado los pasos necesarios en
cuanto al conocimiento, investigación y aceptación
de la implementación de las nuevas tecnologías de información en su empresa. Debe
dar o tener presente un último paso de elemental interés:
Los sistemas de Información hacen que surjan nuevos argumentos
de ética tanto para las personas como para
las sociedades, lo que puede servir para
lograr un progreso social o surgir como una amenaza a los valores sociales.
Teniendo presente
esto. Hay tres argumentos que apoyan este punto de las tecnologías de información
y telecomunicaciones:
1. Cinco
dimensiones morales de la era de la información
a-Derechos y obligaciones de
información:
la cual va enlazada a la privacidad y libertad en una sociedad de información.
o
Privacidad: derechos de los individuos a que se les deje
en paz, sin vigilancia ni interferencia por parte de otros individuos,
organizaciones o de gobiernos.
En el se pueden preguntar: ¿Qué derechos de
información tienen los individuos y las organizaciones respecto a la
información acerca de sí mismos? ¿Qué pueden proteger? ¿Qué obligaciones tienen
los individuos y las organizaciones en lo concerniente a esta información?
o
Feria de Prácticas de Información (FIP): Son un
conjunto de principios relativos a la recopilación y uso de información sobre
las personas. Los principios de la FIP se basan en la noción de una mutualidad
de intereses entre el poseedor del récord y el individuo.
De acuerdo a la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones de 1 de junio de 2000 (Gaceta Oficial nº 36.970 de 12 de
junio de 2000) de Venezuela. TÍTULO II. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS
USUARIOS Y OPERADORES. CAPÍTULO I. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS.
Artículo 12 dice textualmente: 2. La privacidad e inviolabilidad de sus
telecomunicaciones, salvo en aquellos casos expresamente autorizados por la
Constitución o que, por su naturaleza tengan carácter público.
b- Derecho de propiedad;
protección la propiedad intelectual: Es una propiedad intangible creada por individuos o
corporaciones, la cual se encuentra sujeta a protecciones bajo leyes en materia
de secreto, derecha de autor y patente
o Derechos de Autor: La
ley protege a los creadores de una propiedad intelectual, contra el copiado por
parte de otros con cualquier fin por un periodo de 28 años.
o Patente: Es el
documento legal que se otorga al titular, durante 17 años, un monopolio
exclusivo sobre las ideas que se basa su invento.
En el se
pueden preguntar: ¿Cómo se protegerán los derechos tradicionales de propiedad
intelectual en una sociedad digital en la que es difícil rastrear y justificar
la propiedad, y es muy fácil hacer caso omiso de tales derechos?
De acuerdo a
la ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. DECRETA lo
siguiente, con respecto a la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos. Capítulo
II. De los Delitos Contra la Propiedad Artículo 13 dice textualmente al
respecto: Hurto. El que a través del uso de tecnologías de información, acceda,
intercepte, interfiera, manipule o use de cualquier forma un sistema o medio de
comunicación para apoderarse de bienes o valores tangibles o intangibles de
carácter patrimonial sustrayéndolos a su tenedor, con el fin de procurarse un
provecho económico para sí o para otro, será sancionado con prisión de dos a
seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.
C- Responsabilidad formal y control; quien es
el responsable (s) de los daños que
puedan ocasionar. Además de las leyes de la privacidad y la propiedad, las
nuevas tecnologías de la información están desafiando a la ley de la
responsabilidad legal y las prácticas sociales existentes para hacer que los
individuos y las instituciones sean responsables formalmente.
o
Aspectos Éticos: el aspecto ético trascendental surgido de las
nuevas tecnologías de la información es si los individuos y las organizaciones
que crean, producen y venden sistemas (tanto de software como de hardware) son
responsables moralmente de las consecuencias de su uso.
o
Aspectos sociales: el
principal aspecto social relacionado con la responsabilidad legal corresponde a
las expectativas que la sociedad debe permitir que se desarrollen en torno a
los sistemas de información que proporcionan los servicios.
o
Aspectos Políticos: el primer aspecto político en relación con la
responsabilidad legal es el debate entre los proveedores de información de todo
tipo, (desde desarrolladores de software hasta proveedores de servicios de
redes), que quieren estar exentos de responsabilidad legal en la medida de lo
posible (maximizando así sus ganancias), y los usuarios de servicios,
individuos, organizaciones y comunidades, que desean que las organizaciones
sean las responsables de proporcionar servicios de sistema de alta calidad
maximizando así la calidad del servicio.
En el se
pueden preguntar: ¿Quiñen puede
rendir cuentas y hacerse responsable por los daños a los derechos de
información y propiedad individuales y colectivas?
d- Calidad del sistema: estándares
de calidad y seguridad de la sociedad. Las tres causas principales de que el
rendimiento de un sistema sea bajo son los errores de programación y fallas del
sistema, las fallas en el software o en la instalación, ocasionadas por la
naturaleza u otras causas y una baja calidad en los datos de entrada por que no
se puede lograr un código de software con cero defectos de cualquier
complejidad en los datos de entrada. y porque no se puede estimar la gravedad
de los errores de programación que se quedan por consiguiente hay una barrera
tecnológica.
o
Aspectos Éticos: el aspecto ético central relacionado con la
calidad que hacen surgir los sistemas de información es: ¿En que punto se deben
vender el Software a los servicios para que los consuman los demás? ¿En que
punto se puede concluir que el software o servicio alcanza un nivel de calidad
económicamente y lógicamente?
o
Aspectos Sociales: el principal aspecto social relacionado con la
calidad, una vez más, se refiere a las expectativas, como sociedad, que desea
alentar a la gente a creer que los sistemas son confiables, que los errores en
los datos son imposibles, o se desea en cambio una sociedad en la que la gente
esté por lo menos informada del riesgo; se inhibe el desarrollo de todos los
sistemas elevando la conciencia de las fallas de los sistemas, que a fin de
cuentas contribuyen al bienestar social.
En el se
pueden preguntar: ¿Qué estándares de calidad de datos y sistemas se deben
exigir para proteger los derechos individuales y la seguridad de la sociedad?
e-Calidad de vida: valores que
posean la sociedad y quienes la protejan además de nuevos valores por adquirir.
Muchas de estas consecuencias sociales negativas no son infracciones a los
derechos individuales ni crímenes contra la propiedad. No obstante estas
consecuencias negativas pueden ser sumamente dañinas contra los individuos, las
sociedades y las instituciones políticas. Aun cuando las computadoras y la
tecnología de la información pueden destruir potencialmente elementos
culturales y sociales valiosos también brindan beneficios.
En el se pueden preguntar: ¿Qué valores deben preservarse en una
sociedad basada en la información y los conocimientos? ¿Qué instituciones deben
ser protegidas contra violaciones? ¿Qué valores y prácticas culturales apoya la
nueva tecnología de información.
2. La ética en una sociedad de la información.
Permite a los individuos ser infligidos en ellos por
organizaciones
o Responsabilidad personal: aceptar los
posibles de las decisiones que uno toma.
o Responsabilidad Formal: Mecanismos
para evaluar la responsabilidad de decisiones tomadas y las acciones
realizadas.
o Responsabilidad Legal: Existencia de
leyes que permitan a los individuos ser compensados por los perjuicios infligidos
en ellos por otros actores, sistemas y organizaciones.
Dentro
de esta ética de la sociedad de información, se enlazan unos principios éticos muy
conocidos como por ejemplo el de la regala de oro, que menciona el tratar
a los demás como queremos que nos traten a nosotros, o el de la regla de ética de “nada es gratis“;
todo objeto tangible o intangible son propiedad de alguien y su creador quiere
compensación por su trabajo.
El Artículo 15.- Los operadores de servicios de
telecomunicaciones, debidamente acreditados, tienen los deberes siguientes: CAPÍTULO
II. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS OPERADORES de la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones de 1 de junio de 2000 (Gaceta Oficial nº 36.970 de 12 de
junio de 2000) de Venezuela dice lo siguiente al respecto: Respetar los
derechos de los usuarios establecidos en la Constitución y en la ley, a una
información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los
productos y servicios que consumen, a la libertad de elección y a un trato
equitativo y digno.
3. Dimensiones morales de los sistemas de información.
o Derechos y obligaciones de información:
Privacidad y libertad en una sociedad de información.
o Derechos de propiedad: Propiedad
intelectual: Propiedad intangible creada por individuos o corporaciones, que
está sujeta a protecciones bajo leyes en materia de secretos industriales,
derechos de autor y patentes.
Retos que enfrentan los derechos de
propiedad intelectual:
o Cuestiones éticas: Las compañías se
preocupan más por penetrar en el mercado que por proteger sus sistemas de
información.
o Cuestiones Sociales: Las leyes
actuales están perdiendo validez.
o Cuestiones Políticas: Ceración de
nuevas medidas de protección para la propiedad intelectual.
Conclusiones:
El informe realizado nos permite observar al comparar las
leyes de la telecomunicaciones que los aspectos éticos, sociales y políticos de
los sistemas de información, se relacionan entre si, ya que todos y en especial
las empresas enfrentan situaciones éticas cuando deben escoger su forma de
proceder, a menudo en una situación en la que dos o más principios éticos están
en conflicto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario